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27 de diciembre de 2019
El deterioro de los activos es objeto de especial atención por parte de los reguladores y supervisores europeos, involucrándose en adoptar y promover medidas, para asegurar que estos no se encuentren sobrevalorados.
El deterioro de los activos es objeto de especial atención por parte de los reguladores y supervisores europeos, involucrándose en adoptar y promover medidas, para asegurar que estos no se encuentren sobrevalorados.
Los estándares de regulación financiera internacional (las NIIF y en particular en la NIC 36) establecen las pautas que deben seguir las empresas, para asegurar que sus activos no estén sobrevalorados con respecto al importe que se espera recuperar, bien por su uso o por su venta.
Se comprueba comparando el valor en libros del activo, con su importe recuperable. Siendo el importe recuperable, el mayor valor entre los siguientes:
Los costes de disposición son los gastos directamente atribuibles a la venta o disposición del activo, en los que la empresa no habría incurrido de no haber tomado la decisión de vender. Excluye los gastos financieros e impuestos sobre la plusvalía.
Se realizarán al cierre de la contabilidad anual, debiendo evaluarse si existen indicios de deterioro del valor de sus activos, en cuyo caso deberá estimarse el importe recuperable. En el caso de fondos de comercio, debe analizarse su deterioro obligatoriamente, aunque no existen indicios de pérdida de valor.
Estos se pueden clasificar en aquellos basados en fuentes de información externa e interna.
En ocasiones, aunque no exista deterioro, estos indicios ponen de relevancia la necesidad de cambiar los métodos de amortización, su vida útil, o el valor residual.
La norma afecta a los activos no financieros, excepto: inventarios, activos por impuestos diferidos, activos procedentes de planes de pensiones, inversiones inmobiliarias, activos biológicos, activos por contratos de construcción, activos intangibles relativos a contratos de seguros y activos no corrientes mantenidos para la venta.
La estimación se realizará para cada activo individualmente, salvo que no sea posible realizarse de modo independiente puesto que sólo genera flujos de caja en combinación con otros activos. En estos casos deberá identificarse la Unidad Generadora de Efectivo (UGE).
De acuerdo con la NIIF 3 el fondo de comercio adquirido en una combinación de negocios representa el pago realizado por los beneficios económicos futuros de aquellos activos que no han podido identificarse ni reconocerse por separado.
Cuando surge el fondo en el año en curso, la norma exige que se analice el posible deterioro antes de que finalice el ejercicio.
Asimismo, los fondos de comercio deben evaluarse tanto cuando existan indicios de su posible deterioro, como de modo obligatorio anualmente, aunque no existan indicios.
Cuando se produce una pérdida por deterioro -importe recuperable inferior al valor en libros – esta debe registrarse en la cuenta de resultados minorando el valor del activo.
Tras este reconocimiento se ajustará la amortización del activo en los periodos futuros.
En el caso de las UGES, en primer lugar, se reduce el fondo de comercio asignado a la UGE y a continuación a los demás activos, prorrateados en función de sus importes en libros.
La pérdida sólo podrá revertirse, si se producen cambios en las estimaciones del importe recuperable, que reflejen un aumento potencial del activo. El valor en libros del activo incrementado tras la reversión no puede exceder de su valor neto, si no se hubiera reconocido el deterioro.
Las pérdidas por deterioro del fondo de comercio, no pueden revertir en ejercicios posteriores.