¿El banco paga la tasación cuando solicitas una hipoteca? Por norma general, no. Según la Ley 5/2019, los gastos de tasación corresponden al prestatario. No obstante, algunas entidades pueden decidir asumir ese coste como parte de una promoción o de las condiciones comerciales de una determinada hipoteca.
La diferencia es importante: una cosa es lo que establece la ley y otra que el banco decida ofrecer la tasación sin coste para atraer clientes. También conviene saber quién puede elegir la tasadora, qué ocurre si el banco gestiona el encargo y si el mismo informe puede utilizarse para solicitar financiación en varias entidades.
¿Quién paga la tasación de una hipoteca?
En los préstamos incluidos en la Ley 5/2019, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, el coste de la tasación corresponde al prestatario.
Es decir, si vas a solicitar una hipoteca y necesitas valorar el inmueble que servirá como garantía, lo habitual es que tengas que asumir el importe del informe.
¿Por qué entonces algunas personas dicen que se la ha pagado el banco? Porque la distribución legal de los gastos no impide que una entidad decida asumir voluntariamente ese coste.
Son dos planos diferentes.
El artículo 14 de la Ley 5/2019 establece qué gastos corresponden al prestamista y cuáles al prestatario. Mientras que la entidad financiera asume determinados costes relacionados con la formalización del préstamo, la tasación corresponde al cliente.
| Situation | ¿Quién paga? |
|---|---|
| El cliente contrata directamente la tasación | Normalmente, el cliente |
| El banco gestiona el encargo y repercute el coste | El cliente |
| El banco ofrece la tasación como parte de una promoción | El banco, según las condiciones de la oferta |
| El cliente ya dispone de una tasación válida y aceptable | Puede no ser necesario contratar otra |
Conviene además diferenciar este gasto de otros asociados a la hipoteca. En las operaciones sujetas a la Ley 5/2019, el prestamista asume, entre otros, los gastos de gestoría del préstamo, los aranceles notariales de la escritura y la inscripción de la garantía, mientras que la tasación corresponde al prestatario.
Si quieres entender mejor para qué sirve este informe dentro de una operación de financiación, puedes ampliar información sobre qué es una tasación hipotecaria.
¿Cuándo puede pagar la tasación el banco?
Aquí entra la letra pequeña de las ofertas comerciales. Un banco puede asumir voluntariamente el coste de la tasación como parte de su oferta comercial, aunque la ley no le obligue a ello.
Algunas entidades utilizan este tipo de incentivos para hacer más atractiva una hipoteca: pueden ofrecer la tasación sin coste, devolver su importe una vez formalizada la operación o incorporarla dentro de un determinado paquete comercial.
¿Significa eso que ha cambiado la norma? No.
La regla general continúa siendo que el gasto corresponde al prestatario. Lo que cambia es quién decide soportar económicamente ese coste en una operación concreta.
Por este motivo, no conviene dar por hecho que una entidad pagará la tasación simplemente porque lo haya hecho anteriormente o porque exista una promoción similar.
Las condiciones comerciales pueden cambiar y también pueden estar sujetas a requisitos específicos.
Antes de contratar, lo más prudente es comprobar qué incluye exactamente la oferta y qué ocurre si finalmente la hipoteca no se formaliza.
¿Es lo mismo que el banco encargue la tasación que que la pague?
No. Y esta confusión es bastante habitual.
Que el banco participe en la gestión de la tasación no significa necesariamente que vaya a asumir su coste.
Una entidad puede facilitar al cliente el proceso, solicitar determinados datos, coordinar el encargo con una sociedad de tasación o incorporar el trámite dentro del expediente hipotecario. Sin embargo, el importe puede seguir correspondiendo al prestatario.
Por eso es importante separar dos preguntas:
¿Quién encarga o gestiona la tasación?
Y otra distinta:
¿Quién la paga finalmente?
La respuesta a la primera no determina automáticamente la segunda.
Antes de aceptar cualquier gestión, conviene conocer el precio del servicio, quién emitirá el informe y quién asumirá finalmente el gasto.
Si pago yo la tasación, ¿puedo elegir la tasadora?
Sí. Puedes contratar tú mismo una tasación con una sociedad homologada por el Banco de España, sin depender de la que te proponga tu entidad, y presentarla después ante la entidad con la que estés negociando la financiación. La independencia del tasador es, de hecho, uno de los pilares de la normativa.
Esto tiene una ventaja práctica importante: el informe es tuyo y puedes disponer de él durante el proceso de búsqueda de financiación.
Ahora bien, no se trata simplemente de elegir cualquier valoración. Para una finalidad hipotecaria debe cumplir los requisitos correspondientes y estar emitida por una sociedad habilitada para ello.
La independencia, la experiencia, el conocimiento del mercado local y la capacidad técnica son algunos de los aspectos que conviene considerar al escoger proveedor. Si tienes dudas, puedes consultar también qué tener en cuenta al elegir una tasadora.
Durante el proceso se revisan las características físicas del inmueble, su documentación y distintos elementos que pueden condicionar su valor. Puedes consultar con más detalle qué verifica un tasador en una vivienda.
¿Necesitas realizarla? Puedes solicitar una tasación hipotecaria oficial directamente con Gesvalt.
¿El banco tiene que aceptar una tasación que he contratado yo?
Sí, la entidad debe aceptar una tasación emitida por una sociedad homologada por el Banco de España, siempre que esté vigente y cumple la normativa técnica -la Orden ECO/805/2003-.
El Banco de España recoge esta posibilidad expresamente.
Eso no impide que la entidad realice las comprobaciones internas que considere necesarias antes de aceptar el inmueble como garantía. Lo relevante es que el coste de esas comprobaciones no puede trasladarse al cliente como si fuera necesario contratar una nueva tasación por el mero hecho de haber aportado un informe externo válido.
Dicho de otra manera: contratar directamente la tasación no debería obligarte a empezar de cero cuando llegues al banco.
Eso sí, el informe debe responder a la finalidad hipotecaria, cumplir los requisitos aplicables y continuar dentro de su periodo de vigencia.
¿Puedo usar la misma tasación para pedir hipoteca en otro banco?
Sí, siempre que la tasación siga vigente.
Este punto puede resultar especialmente útil cuando se están comparando ofertas entre varias entidades.
Imagina que encargas la valoración para presentar tu solicitud en un banco y finalmente sus condiciones no te interesan. Si el informe continúa vigente, puedes aportarlo a otra entidad sin necesidad de pagar automáticamente una nueva tasación.
En las tasaciones reguladas por la Orden ECO/805/2003, los informes y certificados tienen una vigencia de seis meses desde su fecha de emisión.
¿La segunda entidad tiene que concederte la hipoteca por tener una tasación válida? No.
La valoración acredita el valor del inmueble que actuará como garantía, pero cada banco analizará además tu situación financiera, capacidad de pago y el resto de condiciones de la operación.
¿Cuándo conviene pedir la tasación?
No siempre cuanto antes.
Pagar la tasación no garantiza que te concedan la hipoteca: es una pieza más del expediente, no un aval de aprobación. El propio Banco de España recomienda esperar a tener un primer análisis de tu capacidad de pago antes de encargarla, precisamente para no adelantar un gasto que podría no servir de nada si la operación no sale adelante.
¿Para qué es razonable contar con un informe si todavía no sabes si, por ingresos, endeudamiento u otros criterios básicos, tienes posibilidades razonables de acceder a la financiación que necesitas?
El Banco de España recomienda tener en cuenta precisamente este coste antes de encargar la tasación.
Una secuencia podría ser:
- Analizar qué importe necesitas financiar.
- Realizar una primera consulta o estudio con una o varias entidades.
- Comprobar que la operación presenta una viabilidad inicial razonable.
- Encargar la tasación hipotecaria.
- Presentar el informe para que la entidad complete el análisis de la operación.
Esto no elimina completamente el riesgo de que una hipoteca sea rechazada, pero permite evitar encargos prematuros.
Solicita tu tasación hipotecaria con Gesvalt
Si estás preparando la compra de una vivienda y necesitas presentar su valoración ante una entidad financiera, puedes contratar directamente tu tasación hipotecaria con Gesvalt.
Gesvalt es una sociedad homologada y realiza tasaciones adaptadas a las exigencias aplicables a este tipo de operaciones.
Contratarla directamente te permite disponer del informe y presentarlo posteriormente ante la entidad financiera con la que estés negociando tu hipoteca, siempre que se mantenga vigente y cumpla los requisitos correspondientes.
Frequently asked questions
¿Quién paga la tasación, el banco o el comprador?
¿Quién paga la tasación, el banco o el comprador?
En las hipotecas sujetas a la Ley 5/2019, el coste de la tasación corresponde normalmente al prestatario. Un banco puede decidir asumirlo voluntariamente como parte de una promoción u oferta comercial, pero no está obligado a hacerlo con carácter general.
¿Puede el banco pagarme la tasación?
¿Puede el banco pagarme la tasación?
Sí. Algunas entidades pueden asumir el coste, ofrecer la tasación sin cargo o devolver posteriormente su importe. Se trata de una decisión comercial del banco y puede estar sujeta a determinadas condiciones.
¿Puede el banco obligarme a utilizar su tasadora?
¿Puede el banco obligarme a utilizar su tasadora?
Puedes aportar una tasación realizada por una sociedad homologada que cumpla los requisitos aplicables y continúe vigente. Por tanto, no es necesario contratar automáticamente la opción propuesta por la entidad.
¿Puedo llevar mi propia tasación al banco?
¿Puedo llevar mi propia tasación al banco?
Sí. Puedes contratar directamente una tasación hipotecaria y aportarla después al banco. Cuando está realizada por una sociedad homologada, cumple los requisitos correspondientes y sigue vigente, la entidad debe aceptarla, aunque puede efectuar sus propias comprobaciones.
¿Qué ocurre con la tasación si no me conceden la hipoteca?
¿Qué ocurre con la tasación si no me conceden la hipoteca?
La denegación del préstamo no anula la tasación. Mientras siga vigente y cumpla los requisitos necesarios, puedes presentarla ante otra entidad para solicitar financiación.
¿Cuánto tiempo sirve una tasación hipotecaria?
¿Cuánto tiempo sirve una tasación hipotecaria?
Seis meses desde la fecha de emisión, según la Orden ECO/805/2003. Pasado ese plazo, caduca y hay que renovarla.
¿Pagar la tasación significa que me concederán la hipoteca?
¿Pagar la tasación significa que me concederán la hipoteca?
No. La tasación evalúa el inmueble, pero la concesión del préstamo depende también del análisis de solvencia del solicitante y de los criterios de riesgo de cada entidad.