Deducciones por eficiencia energética en el IRPF: qué obras puedes desgravar en la renta

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Las deducciones por eficiencia energética en el IRPF permiten pagar menos en la declaración de la renta cuando se hacen determinadas obras que mejoran de forma acreditable el comportamiento energético de una vivienda o de un edificio residencial. Según el tipo de actuación de mejora, la deducción puede alcanzar el 20%, 40% o 60%, con límites y requisitos.

Eso sí, no basta con haber reformado el inmueble. Para poder aplicar estas deducciones es necesario contar con un certificado de eficiencia energética previo y posterior a la obra que acredite la mejora, contar con las facturas y justificantes de pago, y cumplir con los requisitos técnicos y fiscales que indica la normativa.

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¿Qué son las deducciones por eficiencia energética?

Las deducciones por eficiencia energética son incentivos fiscales estatales en el IRPF aplicables a determinadas obras de mejora energética en viviendas y edificios residenciales. La Ley 35/2006 (Impuesto de la Renta de las Personas Físicas) regula tres deducciones temporales ligadas a resultados concretos medidos mediante certificado energético, no a cualquier reforma genérica.

En la práctica, lo que se premia no es la obra en sí, sino que esa actuación consiga una reducción suficiente de la demanda de calefacción y refrigeración, del consumo de energía primaria no renovable o una mejora de la calificación energética del inmueble o del edificio.

 

¿Qué deducciones existen en el IRPF por obras de mejora energética?

Estas son las tres grandes deducciones estatales vigentes para este ámbito. Las del 20% y 40% se aplican a obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2026, mientras que la del 60% para rehabilitación energética de edificios se extiende hasta el 31 de diciembre de 2027.

Tipo de deducción Porcentaje Requisito técnico principal Inmueble al que aplica Límite deducible Plazo
Reducción de la demanda de calefacción y refrigeración 20% Reducir al menos un 7% la suma de demanda de calefacción y refrigeración Vivienda habitual o viviendas alquiladas / en expectativa de alquiler Base máxima 5.000 € Obras hasta 31/12/2026
Mejora del consumo de energía primaria no renovable 40% Reducir al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable o alcanzar clase A o B Vivienda habitual o vivienda alquilada / en expectativa de alquiler Base máxima 7.500 € Obras hasta 31/12/2026
Rehabilitación energética de edificios 60% Reducir al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable del edificio o alcanzar clase A o B Viviendas en edificios residenciales de uso predominante residencial Base anual 5.000 € y base acumulada máxima 15.000 € Obras hasta 31/12/2027

Deducción por reducción de la demanda de calefacción y refrigeración

Esta es la deducción del 20%. Se aplica a obras en la vivienda habitual o en otra que esté alquilada para uso residencial (o que vayas a alquilar antes del 31 de diciembre de 2027). El requisito técnico: que el nuevo certificado de eficiencia energética muestre una reducción de al menos el 7% en la demanda de calefacción y refrigeración respecto al anterior. La base máxima anual es de 5.000 euros.

Deducción por mejora del consumo de energía primaria no renovable

Esta deducción asciende al 40%. También para vivienda habitual o alquilada (o en expectativa de alquiler). Exige que la obra reduzca al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o que la vivienda alcance clase A o B. Base máxima anual: 7.500 euros.

Deducción por rehabilitación energética de edificios

La deducción del 60% para edificios residenciales. La pueden usar los propietarios de viviendas en esos edificios cuando la rehabilitación energética baje al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable del edificio, o lo lleve a clase A o B. La base máxima anual es de 5.000 euros, pero el exceso se puede llevar a los siguientes cuatro años, hasta un total acumulado de 15.000 euros.

 

Requisitos para aplicar la deducción

Antes de incluir una deducción por eficiencia energética en la renta, conviene revisar una lista muy concreta de condiciones.

¿Qué viviendas pueden acogerse?

Pueden encajar:

  • La vivienda habitual.
  • Otra vivienda del contribuyente alquilada para uso como vivienda.
  • Otra vivienda en expectativa de alquiler, siempre que se alquile antes del plazo legal.
  • En la deducción del 60%, viviendas ubicadas en edificios de uso predominante residencial.

 

¿Qué certificado energético necesitas?

Necesitas un certificado de eficiencia energética anterior y otro posterior a la obra, expedidos por técnico competente y registrados conforme al Real Decreto 390/2021. Además, el certificado anterior será válido si no han pasado más de dos años entre su expedición y el inicio de las obras.

¿Qué pagos y facturas debes conservar?

Conviene guardar:

  • Facturas completas de la obra.
  • Justificantes de pago.
  • Certificados energéticos.
  • Proyecto técnico, memoria o dirección de obra, cuando existan.
  • Documentación de subvenciones recibidas.
  • En actuaciones de comunidad, el reparto o imputación del gasto que te corresponda.

 

La base deducible exige pagos hechos por tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta. El efectivo no da derecho a deducción.

¿Qué gastos sí pueden incluirse?

La norma permite computar las cantidades necesarias para la ejecución de la obra, incluidos:

  • Honorarios profesionales.
  • Redacción de proyectos.
  • Dirección de obra.
  • Coste de ejecución.
  • Equipos y materiales.
  • Otros gastos necesarios para el desarrollo de la actuación.
  • Emisión del certificado energético.

 

En edificios con comunidad de propietarios, la base de cada contribuyente se calcula según su coeficiente de participación.

¿Qué gastos no dan derecho a deducción?

No dan derecho a deducción, entre otros supuestos:

  • Pagos en efectivo.
  • Cantidades subvencionadas, que deben descontarse de la base.
  • Costes relativos a la instalación o sustitución de equipos que utilicen combustibles de origen fósil.
  • En las deducciones del 20% y 40%, obras en partes afectas a actividad económica, plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas, instalaciones deportivas y elementos análogos.

 

Errores frecuentes

  • Pensar que cualquier reforma “sostenible” desgrava.
  • No disponer del certificado anterior y posterior correctamente registrados.
  • Incluir pagos en efectivo.
  • Olvidar descontar subvenciones.
  • Dar por hecho que una caldera o una aerotermia deducen automáticamente.

 

¿Necesitas acreditar la mejora energética de tu vivienda? No te pierdas nuestra guía sobre el certificado energético de una vivienda.

 

¿Qué obras suelen relacionarse con estas deducciones?

Las búsquedas sobre “deducciones por eficiencia energética” se intensifican a medida que se acerca y arranca la campaña de la renta.

Cambio de ventanas

El cambio de ventanas puede ayudar a reducir pérdidas térmicas y a mejorar la envolvente del inmueble, por lo que puede encajar en la deducción del 20% o incluso contribuir a la del 40% si el resultado energético global lo acredita. No basta con sustituir las ventanas: hace falta que el certificado posterior refleje la mejora exigida.

Aerotermia

La aerotermia puede ser una de las actuaciones que más fácilmente ayude a mejorar el consumo de energía primaria no renovable, especialmente si se combina con aislamiento o cambio de carpinterías. Aun así, la deducción en IRPF por aerotermia no es automática: depende de que el certificado posterior acredite el umbral legal de mejora.

Cambio de caldera

Aquí conviene ser especialmente prudentes. No todo cambio de caldera se puede desgravar. La Ley del IRPF excluye de la base deducible los costes de instalación o sustitución de equipos que utilicen combustibles de origen fósil, por lo que una caldera de gas o gasóleo no debería computarse en la base de estas deducciones estatales. Distinto sería el caso de sistemas no fósiles que, además, contribuyan a la mejora acreditada.

Placas solares

Las placas solares pueden contribuir a rebajar el consumo de energía primaria no renovable y, por tanto, ayudar a cumplir el requisito del 30% o a mejorar la calificación energética. De nuevo, la clave no es instalar placas sin más, sino que el efecto quede reflejado en el certificado energético comparativo.

Aislamiento y otras obras de mejora energética

El aislamiento en fachada, cubierta, suelos o interiores, así como otras actuaciones sobre la envolvente, suelen ser candidatas habituales porque afectan de forma directa a la demanda de calefacción y refrigeración. Mejorar la eficiencia energética también puede influir en el valor del inmueble. Ver cómo influye en

Puedes ampliarlo en cómo influye la eficiencia energética en el valor del inmueble y en tasación de vivienda. También puede ser útil revisar qué gastos asociados a la hipoteca puedes deducir.

 

¿Cuánto puedes deducirte en la declaración de la renta?

La respuesta depende del tipo de obra, del resultado energético acreditado y de la base admitida tras descontar subvenciones.

Un ejemplo práctico con aerotermia: imagina una vivienda habitual en la que se instala aerotermia y se mejora parcialmente el aislamiento. El coste total deducible asciende a 7.500 euros y el certificado posterior acredita una reducción del 32% del consumo de energía primaria no renovable. En ese caso, la actuación podría encajar en la deducción del 40%, con un ahorro fiscal de 3.000 euros. Si esa misma actuación hubiera recibido una subvención de 2.000 euros, la base a deducir bajaría a 5.500 euros y la deducción sería de 2.200 euros.

 

¿En qué ejercicio se declara?

La deducción por eficiencia energética en la declaración de la renta se aplica, en general, en el año en que se expide el certificado energético final, tras la obra. Es decir, para incluirla en la renta, ese certificado debe emitirse dentro del plazo que marca la normativa.

Si el certificado final se expide en un ejercicio diferente al de los pagos, la deducción se aplica en ese año posterior, sumando todo lo pagado desde el inicio legal de las obras hasta el 31 de diciembre de ese mismo ejercicio.

Antes de marcar la casilla de la deducción en la web de la Renta, conviene verificar que el certificado se haya emitido a tiempo: para las deducciones del 20% y 40%, antes del 1 de enero de 2027; y para la del 60%, antes del 1 de enero de 2028.

 

¿Qué documentación conviene guardar?

Lo más prudente es conservar: 

  • Certificado energético anterior y posterior
  • Facturas
  • Justificantes bancarios
  • Documentación de subvenciones
  • Documentación técnica de la obra
  • En comunidades, el desglose del importe imputado al propietario

 

La AEAT puede requerir documentación justificativa para acreditar que se cumplen los requisitos de la deducción.

 

¿Qué revisar antes de presentar la renta?

Antes de presentar la declaración, comprueba: 

  • Que la obra encaja en una de las tres deducciones
  • Que los certificados son correctos y comparables
  • Que la base no incluye pagos en efectivo ni partidas excluidas
  • Que has descontado subvenciones
  • Que no estás intentando aplicar dos deducciones incompatibles sobre la misma obra

 

La AEAT recuerda que las tres deducciones se cumplimentan en Renta Web dentro de “Deducciones generales de la cuota” y que son incompatibles entre sí respecto de la misma obra. En la campaña de Renta 2025, el importe total de esta deducción figura en la casilla 0567, dentro del Anexo A.3 del modelo. Esa numeración conviene revisarla cada campaña.

 

Errores frecuentes al aplicar las deducciones por eficiencia energética

Los fallos más habituales son bastante repetitivos:

  • No disponer del certificado energético correcto
  • Pensar que cualquier reforma desgrava
  • No conservar facturas o justificantes de pago
  • Confundir subvención con base deducible
  • Dar por hecho que la aerotermia o el cambio de caldera deducen automáticamente

 

Conclusión

Las deducciones por eficiencia energética en el IRPF pueden ser muy relevantes, pero no se aplican de forma automática. Dependen de que la obra encaje en uno de los supuestos legales, de que la mejora energética quede acreditada con certificado y de que la documentación fiscal esté bien cerrada.

Además del ahorro fiscal, una mejora energética puede influir en la percepción y el valor del inmueble. Para analizarlo, consulta nuestro servicio de tasación de vivienda o nuestros contenidos sobre valoración de inmuebles.

 

Preguntas frecuentes sobre las deducciones por eficiencia energética

¿La aerotermia desgrava en la renta?

Puede dar derecho a deducción, pero no automáticamente. Lo relevante es que la actuación cumpla los requisitos técnicos y quede acreditada con el certificado energético posterior.

¿El cambio de ventanas se puede deducir?

Puede ayudar a encajar en la deducción, sobre todo por mejora de la envolvente térmica, pero solo si el certificado acredita el ahorro exigido.

¿Se puede desgravar el cambio de caldera?

Depende del sistema. La norma excluye de la base deducible los equipos que utilicen combustibles fósiles, así que no puede afirmarse de forma general que cualquier cambio de caldera desgrava.

¿El certificado de eficiencia energética entra en la deducción?

Sí. La base puede incluir la emisión de los correspondientes certificados energéticos, siempre que el resto de requisitos también se cumpla.

¿Qué documentos pide Hacienda?

Como mínimo, conviene tener certificados energéticos, facturas, justificantes de pago y, en su caso, documentación técnica y de subvenciones. La AEAT puede requerir documentos para acreditar la deducción.

¿En qué casilla se incluye la deducción?

En Renta 2025, el importe total de la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas figura en la casilla 0567 del modelo, dentro del Anexo A.3. Conviene verificar la casilla en cada campaña.

 

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